¿Qué es el período de prueba y cuánto tiempo puede durar?, ¿cómo se cobra?

Es un período que no puede ser superior a 15 días, en el que cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato si no está satisfecha con el mismo, sin necesidad de preaviso ni indemnización.

El empleador/a tiene la obligación de pagar esos días de trabajo, incluyendo la parte proporcional de pagas extras y vacaciones.

 
 
Si al celebrarse el contrato se ha pactado una duración determinada ¿la trabajadora está obligada a permanecer en el trabajo hasta que termine el contrato?

No, si la trabajadora lo decide, puede dejar el trabajo antes de que termine el período pactado, y en ese caso no tendrá derecho a indemnización.

 
 
¿Qué tiene derecho a cobrar la trabajadora cuando es ella la que decide dejar el empleo?

Además del salario por los días trabajados el último mes, le tienen que pagar la liquidación, que se compone de: parte proporcional de pagas extras y parte proporcional de vacaciones.

 
 
¿Qué tiene derecho a cobrar la trabajadora si le cesan al terminar el periodo de trabajo pactado?

Además de la liquidación, le corresponde una indemnización de 7 días por año.

 
 
¿Pueden despedir a la trabajadora antes de que finalice el contrato?

Sí, el despido es libre.

El empleador tiene obligación de avisar con antelación, que es diferente según la antigüedad: 7 días antes con menos de 1 año de antigüedad, y 20 días antes con más de 1 año.

Durante el período de preaviso la trabajadora tiene derecho a una hora libre cada día, pagada, para buscar otro empleo.

 
 
¿Qué cobrará en caso de despido?

Junto con el salario y la liquidación, cobrará una indemnización de 7 días para cada año de trabajo.

Depende de cómo haya sido el despido, a veces se pueden cobrar 20 días por año. Conviene consultarlo en nuestras asesorías.

Además, como el empleador/a tiene la obligación de avisar con antelación, si no lo hace, la trabajadora tiene derecho a cobrar el salario de esos días, 7 o 20 según cada caso.

 
 
¿Las trabajadoras por horas tienen también derecho a indemnización por despido?

Sí, en las mismas condiciones que las de jornada completa.

 
 
¿Se pueden reclamar otras cantidades?

Sí, en el momento del cese en el trabajo la trabajadora puede reclamar todo lo que le adeudan: atrasos, antigüedades, la diferencia entre el salario recibido y el que legalmente le correspondía, descuentos por comida abusivos o no pactados, etc.

 
 
¿Qué es el finiquito?

Es el documento que la trabajadora firma reconociendo que ya ha recibido su liquidación y que los empleadores no le adeudan nada más.

Una vez firmado ese documento, no se puede reclamar por despido, atrasos o deudas pendientes. Por lo tanto, no hay que firmar el finiquito sin estar segura de que la cantidad que figura es correcta. Tampoco hay que firmar la liquidación si a la vez no recibe el dinero que aparece en el documento.

 
 
Si la trabajadora se quiere despedir, ¿está obligada a avisar con anticipación?

Aunque la Ley no prevé ningún tipo de sanción, es aconsejable avisar con 7 días de anticipación.

 
 
 

 

Tus derechos - Terminación de Contrato