| ¿Cuál es la jornada máxima
de trabajo? La jornada máxima semanal es de 40
horas de trabajo, para las externas y también para las
internas, aunque la ley autoriza un tiempo de "presencia".
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| ¿Qué se considera hora extra?
Hora extraordinaria es la que excede del horario de trabajo pactado
entre las partes, y en todo caso, la que supera la jornada semanal máxima
de 40 horas que fija la ley. |
| ¿Cuál es la duración del
descanso semanal y cómo se disfruta? La Trabajadora de
hogar tiene derecho a un descanso semanal de 36 horas, de las que al
menos 24 tiene que ser continuadas y coincidir, a ser posible, en domingo.
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| ¿A qué días festivos tiene
derecho por ley la trabajadora? Tiene derecho a los mismos días de fiesta que el resto de los trabajadores: 14 al año, de los que dos son fiestas locales. |
| ¿Hay que recuperar los festivos?
No, la trabajadora no está obligada a trabajar los días festivos y por lo tanto no se le pueden descontar el día festivo no trabajado. |
| Si se trabaja un día festivo, ¿cómo
se cobra? Se cobra al precio de la hora normal o se puede cambiar por el mismo tiempo de descanso. |
| ¿Cuántos días de vacaciones
tiene una trabajadora de hogar, y cómo lo disfrutan? Las
vacaciones anuales son de 30 días, de los que 15 por lo menos
tienen que ser continuados, y los otros 15 se pueden disfrutar unidos
a los anteriores o repartidos a lo largo del año. |
| ¿Hay derecho a vacaciones pagadas si
no se ha trabajado el año completo? Sí, se disfrutan y cobran en proporción al tiempo trabajado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. |
| ¿Hay derecho a permisos pagados? ¿cuáles
son? Avisando antes, se puede faltar al trabajo con derecho
a recibir el sueldo entero, por los siguientes motivos:
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Tus derechos - Jornada |