| ¿El empleador/a tiene obligación
de hacer el contrato de trabajo por escrito? Es obligatorio
hacer por escrito el contrato a tiempo parcial, es decir, cuando se
va a trabajar menos de 40 horas a la semana. También debe hacerse
por escrito el contrato temporal que vaya a durar cuatro o más
semanas. |
| ¿Qué es la nómina?
Es un documento que refleja el sueldo que recibe la trabajadora cada mes. Es válido cualquier papel que refleje con la debida claridad y separación la retribución bruta y los descuentos. Ver modelo de nómina en blanco para trabajadoras que cobran mensualmente y ver ejemplo de nómina rellenada. Ver modelo de nómina
en blanco para trabajadoras que cobran por horas y ver ejemplo de
nómina
rellenada. |
| ¿Es obligatorio que le den la nómina
a una trabajadora de hogar?
Sí, el empleador/a tiene obligación de entregarla cada mes, además del sueldo. Por lo tanto, la trabajadora tiene derecho a exigir nómina y si no se la dan, puede denunciarlo ante la Inspección de Trabajo. |
| ¿Puede una trabajadora doméstica
ir a pedir trabajo a los servicios públicos de empleo (INEM, LANBIDE)
? Sí puede, los servicios públicos de empleo recogen todas las solicitudes de trabajo, también las de las trabajadoras domésticas. |
| ¿Son legales las agencias
privadas de colocación?
Sólo son legales las que tienen autorización del INEM (Servicio Público de Empleo Estatal, SPEE) para funcionar. Hay agencias de contratación de trabajadoras domésticas que funcionan, a pesar de la prohibición. Es ilegal que la agencia se lleve un porcentaje del salario mensual o que cobre una indemnización en caso de que trabajadora y empleadora contraten directamente. En el caso de que alguna agencia cobre a las trabajadoras por dar su
nombre, ponedlo en conocimiento de la Asociación. Ante cualquier
duda o problema con las agencias, consultad a la Asociación de
Trabajadoras de Hogar. |
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Tus derechos - Contrato |